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23 de November del 2016 a las 00:19 -
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Gestión política permitió reconsiderar resolución

Continúa el beneficio de buen pagador en MEVIR
Gestión política permitió reconsiderar resolución

El Senador Guillermo Besozzi Arocena y el Diputado por Soriano Gonzalo Novales Mayol,  se reunieron con las autoridades de MEVIR. En esa reunión, se trató una variada temática que refiere a las soluciones habitacionales otorgadas por MEVIR y puntualmente a la suspensión de la Bonificación a los buenos pagadores de los Programas de Unidades Productivas que MEVIR estaba otorgando (cada cuatro años de pago en tiempo y forma se computaban cinco).

En aquella oportunidad, la delegación sorianense expresó no estar de acuerdo con esta pérdida de bonificación, máxime cuando se entiende que debe beneficiarse, promoverse y bonificarse a los buenos pagadores y que, por otro lado, esto podría llevar a un cambio en las condiciones de la contratación.

MEVIR RECONSIDERA RESOLUCIÓN

Gracias a las gestiones realizadas, entre otros, por Novales y Besozzi y a la movilización de los adjudicatarios de MEVIR, desde el Organismo se informó que la medida de suspensión del beneficio de buen pagador había sido revisada y reconsiderada adoptando una nueva Resolución que restablece este beneficio  con algunas consideraciones específicas:

“Participantes de los programas de Unidades Productivas: Se comunica la resolución de la Comisión Nacional Honoraria (Acta N.º 1461 del 27/10/16) sobre el alcance del “Beneficio de Buen Pagador”. A partir del 01/01/17 :

a) Se elimina el “Beneficio de Buen Pagador” en Programas de Unidades Productivas, hasta ahora suspendido

b) Operará el “Beneficio de Buen Pagador” exclusivamente para aquellos beneficiarios ingresados a partir del 09/12/02 y hasta la fecha 01/04/16 según las siguientes condiciones: 1.- Podrá acceder al “Beneficio de Buen Pagador” aquel participante que mantenga su comportamiento de pago en tiempo y forma a partir del 01/01/17 de manera ininterrumpida en el plazo fijado en el contrato. 2.- El “Beneficio de Buen Pagador” se descontará del saldo al finalizar el pago de las cuotas fijadas en el contrato conforme a la siguiente proporción: 12 meses de beneficio cada 36 cuotas pagas; siempre y cuando el participante pague en tiempo y forma todas las cuotas del contrato. El incumplimento de pago en tiempo y forma de una de ellas determinará que no se haga efectivo el “Beneficio de Buen Pagador”, no teniendo derecho al mismo. 3.-Los beneficiarios arrendatarios del Instituto Nacional de Colonización (INC) podrán acceder al “Beneficio de Buen Pagador” en las condiciones establecidas, si al momento de generarse el “Beneficio de Buen Pagador” están al día con el INC.

Se recuerda que para todos los participantes de Unidades Productivas de MEVIR permanece hasta el 15/12/16 la posibilidad de cancelar parcial o totalmente el saldo de la deuda accediendo a los “Beneficios de Buen Pagador” que corresponda. Asimismo se mantendrán todos los “Beneficios de Buen Pagador” obtenidos hasta el 15 /12/16.



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