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01 de August del 2022 a las 22:49 -
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Comisión de Usuarios de Salud Pública 

Vaivenes de la Salud pública 

Comisión de Usuarios de Salud Pública 

 

Sabedores del limitado alcance de nuestra voz, queremos no obstante hacer conocer públicamente nuestra preocupación, respecto de algunos fenómenos negativos que, con el correr del tiempo, contrariamente a lo esperado, se han ido agudizando.

Con intención de solucionar las grandes carencias en Salud Publica y Privada, se promulga la Ley 18. 211 que da origen al Sistema Nacional Integrado  de Salud en intento de asegurar la atención de la salud, propiciando el derecho equitativo sobre la base de la integración y la complementación de los servicios con que cuentan, tanto  públicos, como privados.   Con el paso de los años, en lugar de desaparecer, algunos problemas han empeorado..

Las carencias de médicos y principalmente Especialistas, son notorias en el interior debido al factor economico pues, en la capital, pueden trabajar en grandes sociedades, con mejores sueldos que los que paga ASSE, llevar los hijos al colegio y hasta ir al gimnasio. Y a nadie se puede obligar a que se prive  de beneficios.

Otro problema es el que surge de la no obligatoriedad de la Complementacion de Servicios, entre los distintos prestadores pues, al no haberse reglamentado, nadie se siente obligado, al extremo que, en nuestra ciudad, existen desacuerdos entre Publico y Privado, por la contratación de Anestesista.

En el interior del país en general, cuando no faltan medicamentos, faltan Pediatras o Anestesistas entre otras sentidas carencias de Especialistas y la equidad se convierte en un mero enunciado de la Ley pues, no estan aseguradas las condiciones que hagan posible el acceso a la tecnología concentrada en torno al obelisco capitalino, para los ciudadanos uruguayos que vivimos en el interior del país.

Y por si poco fuera, se esta practicando de hecho, la atención VIP en algunas sociedades y, lo mas preocupante, es que se esta estudiando a nivel parlamentario, la promulgación de una Ley que habilite el ejercicio de tal categorización de los usuarios.

Para nadie es secreto que, salvo en la zona metropolitana y algunas excepciones hechas por el Directorio de ASSE, en general no existe el Servicio de Emergencia Domiciliaria, (Clave 1) y particularmente en Fray Bentos, a pesar de la Resolucion 738/2019 de la Institucion Nacional de Derechos Humanos y el  reconocimiento por parte del Directorio de ASSE de que, efectivamente, es un derecho pero, se escudan en que no figura en el PIAS, por lo tanto, no es aplicable.

Lo dicho al principio; es muy poca la incidencia que podamos tener en cuanto a que se atienda nuestro reclamo pero, al menos, no queremos permanecer callados ante tal retroceso y nos alienta la esperanza de que otras voces, se hagan sentir y quizás el pueblo todo, haga suya esta preocupación. 

 

Comisión de Usuarios de Salud Pública



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