La decisión de la Presidenta en ejercicio del Consejo Directivo Central (CODICEN) de la ANEP, Profesora Dora Graziano -de acuerdo a las potestades consagradas en el literal D) del Artículo 67 de la Ley de Educación N° 18.437- dispone que los centros educativos de Educación Media involucrados, deberán desarrollar acciones tendientes al mantenimiento del vínculo con los estudiantes desde la virtualidad, habilitando las instancias que correspondan a efectos que se posibilite la efectiva interacción con aquellos que presenten dificultades de conectividad
Asimismo, solicita a las Direcciones Generales de Educación Secundaria y Técnico Profesional, que instrumenten estrategias de acompañamiento desde la virtualidad, además del uso del portafolio digital en todos los casos, por parte de los docentes.
También establece que durante la suspensión de la presencialidad dispuesta, el servicio de alimentación que se brindaba en los centros educativos, continuará desarrollándose de acuerdo a las previsiones que al efecto implemente cada Dirección General.
Por otra parte, recuerda la imperiosa necesidad, en todos los casos, de extremar las medidas necesarias para el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios aprobados por la ANEP, en los centros educativos y en todas las dependencias.
Por último, dispone que esta resolución se podrá rever en función de la evolución epidemiológica que así lo amerite.
Matias Napilotti