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01 de May del 2020 a las 07:26 -
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Directores generales podrán definir regresos y suspender actividades

IRN planifica retorno de actividades
Directores generales podrán definir regresos y suspender actividades

Las Direcciones Generales de la Intendencia irán disponiendo retomar las tareas en forma presencial, de acuerdo a la resolución 719 adoptada en marzo pero ahora planificando re inicio de la atención en las distintas dependencias. 

Lea la resolución:

La resolución 719 de la IRN, firmada por Intendente y Secretario General visto la evolución de la situación constatada desde el pasado 13 de marzo en el país y la región, con relación al COVID 19 y la tutela de la salud de los funcionarios de la Intendencia y de la población en general, en el marco de las facultades y atendiendo las disposiciones de las autoridades nacionales, y considerando lo dinámico de la situación registrada, y atendiendo las disposiciones del Gobierno Nacional ha resuelto:

Artículo 1°)  Mantener la vigencia de lo dispuesto en el Art.1 de la Resolución 520 del 17 de marzo de 2020, Art.1 de la Resolución 524 del 18 de marzo de 2020, Art.1 de la Resolución 530 del 20 de marzo de 2020 y Art. 1 de la Resolución 611 del 30 de marzo de 2020 (exoneración de asistencia a determinados funcionarios detallados en el artículo 1 de dichas resoluciones)  en cuanto corresponda y no se modifique por la presente y hasta nuevo pronunciamiento.

Artículo 2°)  Deléguese a partir de la fecha, en las Direcciones Generales de la Intendencia, la potestad de disponer que se retomen las tareas en forma presencial, convocando a sus funcionarios para ello, así como para disponer se efectúe atención al público de manera presencial, de acuerdo al cronograma que la Dirección General de Administración y Gestión Humana realizará .

Artículo 3º) Para la prestación de tareas en forma y atención al público de manera presencial, se atenderá el protocolo que ha elaborado SYSO en el día de la fecha.

Artículo 4º) Asimismo se continuarán atendiendo las medidas que desde el Gobierno Nacional mediante sus autoridades competentes se dispongan, a los efectos de la tutela de la salud de los funcionarios y del público en general, entre las que se mencionan el mantenimiento de distancias adecuadas en oficinas y la utilización de barbijos recomendados por la autoridad nacional mientras dure la citada recomendación.

Artículo 5°) Déjanse sin efecto lo dispuesto en las Resoluciones 520, 524 y 530, en lo que se oponga a la presente Resolución.

Artículo 6º) Las Direcciones Generales también estarán facultadas, en caso de constatarse importante modificación negativa de la situación sanitaria, para disponer las medidas que entiendan adecuadas en tutela de la salud de los funcionarios y de la población, como por ejemplo las que se habían dispuesto por las resoluciones dejadas sin efecto por la presente.

 


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