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21 de May del 2019 a las 10:38 -
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Cooperativa de viviendas ganó demanda judicial y el SUNCA deberá pagar 300 mil pesos

SUNCA ocupó ilegalmente obra de cooperativa
Cooperativa de viviendas ganó demanda judicial y el SUNCA deberá pagar 300 mil pesos

La cooperativa de viviendas COVIEMU le ganó una demanda judicial al SUNCA por ocupación ilegal de la obra de construcción y el gremio deberá pagar unos 300 mil pesos. 

Según la información publicada por Río Uruguay TV Canal 12, en setiembre del año 2013 la Cooperativa de Viviendas Emprendedores Unidos (COVIEMU) estaba en construcción de las 38 viviendas y para avanzar con la obra los cooperativistas contrataron personal. A medida que la obra fue avanzando decidieron enviar a ese personal al seguro de paro, lo que derivó en una situación de conflictividad y se fijó audiencia en la DINATRA el 5 de setiembre. 

Sin embargo el SUNCA ocupó la obra el 3 de setiembre, 2 días antes y por 4 días explicó el abogado de COVIEMU Fernando Doti. "Esto ocasionó atrasos ante la Agencia Nacional de Viviendas y es por eso que se accionó ante la vía civil a nivel judicial en 2014 por daños y perjuicios". Los 38 cooperativistas y trabajadores independientes quisieron ingresar a su lugar de trabajo a cumplir las tareas pero el SUNCA no lo permitió por la ocupación. 

"La ocupación fue ilegítima, porque había prevista una instancia de negociación por el conflicto pre existente... el ánimo de negociar no había o no se respetó"  agregó. 

Sobre la explicación de porqué fue favorable la sentencia expresó que "para limitar un derecho humano fundamental a la propiedad o al trabajo de quienes quieren trabajar y no pueden como consecuencia de la ocupación, esa  limitación según lo dice el artículo 7 de la Constitución debe ser por ley e invocando razones de interés general. La norma que utilizó el SUNCA para ocupar, que invocó en su defensa es un decreto del poder ejecutivo del año 2006... El decreto está por debajo de la ley y no se puede limitar un derecho humano por decreto". 

Doti aclaró que "el derecho a la huelga es un derecho humano está consagrado en la Constitución en el artículo 57. La huelga es abstención a trabajar, la ocupación por el contrario es un acto que tiende a apropiarse, a tomar el control de algo que no es propio. Ahí es donde entran en colisión estos derechos, y ahí es donde aparece la ilegitimidad de la ocupación". 



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